jueves, 1 de agosto de 2024

PODER LEGISLATIVO





DEFINICIÓN
Es el órgano del Estado encargado de crear el ordenamiento jurídico, de dar las leyes, interpretarlas modificarlas y derogarlas.
El Poder Legislativo es la expresión máxima del Poder del pueblo expresada a través de sus representantes.

CARACTERÍSTICAS DEL CONGRESO
  • El órgano representativo del Poder Legislativo es el Congreso de la República.
  • El Perú independiente se inicia con el debate acerca de la forma de gobierno que debía adoptarse. Desde su fundación, el Congreso de la República está unido a la historia contemporánea del Perú desde 1822.
  • Está constituido por una sola Cámara.
  • Está integrada por 130 congresistas.
  • El Congreso de la República representa la opinión pluralista de la nación. Todas las sangres, credos, ideologías, profesiones y oficios están representados por el voto democrático en la proporción que la ciudadanía decide.
  • La institución parlamentaria tiene una primera e histórica responsabilidad: la creación de la ley. La Constitución Política del Perú prevé varios caminos para la formulación y promulgación de las leyes.
  • Otra importante función del Congreso de la República es la de control parlamentario sobre los actos de gobierno y de la administración pública en general. Se ejerce mediante pedidos de información, invitando a los ministros a presentarse ante el Pleno y las comisiones, y ejerciendo el control sobre diversas normas que expide el Presidente de la República.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONGRESISTAS
  • Los congresistas han sido elegidos para servir a la nación, legislar, fiscalizar y representar nuestros intereses y aspiraciones, por eso gozan del privilegio de la inmunidad y no pueden ser responsabilizados por sus opiniones y votos, ni ser procesados sin autorización del Congreso. El ciudadano debe ver en el congresista un mediador entre él y el Estado.
  • Los Congresistas son elegidos por un periodo de 5 años.
  • Los Congresistas son elegidos en Distrito Electoral Múltiple, mediante sufragio directo, secreto y obligatorio Electoral Múltiple.
  • Los candidatos a la Presidencia no pueden integrar la lista de candidatos a Congresistas.
  • La función de Congresistas es de tiempo completo. El mandato de Congresista es incompatible con el ejercicio de otra función pública, excepto la de Ministro de Estado.
  • Los Congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. Al amparo de esta figura del “no mandato imperativo” se ha limitado el derecho del pueblo de ejercer control respecto a sus representantes, conllevando a la presencia de tránsfugas y desleales al mandato popular.
  • Los Congresistas no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente a más tardar dentro de las 24 horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento.
  • Es irrenunciable el cargo de Congresista. Sólo vaca por muerte, inhabilitación física o mental permanente que impida ejercer la función y por inhabilitación superior al período parlamentario o destitución en aplicación de lo que establece el artículo 100 de la Constitución Política.

REQUISITOS PARA SER CONGRESISTA
  • Ser peruano por nacimiento.
  • Haber cumplido 25 años.
  • Gozar del derecho de sufragio en cualquier elección.
  • Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
  • Hoja de vida.
  • Ser elegido de manera democrática
  • No estar impedido por la justicia para ejercer sus derechos ciudadanos.

ATRIBUCIONES DEL CONGRESO (Principales)
  • Dar Leyes y Resoluciones Legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.
  • Velar por el respeto de la Constitución y las Leyes.
  • Aprobar los Tratados Internacionales.
  • Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General de la República.
  • Autorizar empréstitos.
  • Ejercer el derecho de amnistía.
  • Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
  • Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República siempre que no afecte la soberanía nacional.
  • Autorizar al presidente de la República salir del país.
  • El Defensor del Pueblo será designado por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. La decisión recaerá en un ciudadano que reúna los requisitos de haber cumplido los treinta y cinco años de edad y ser abogado y que goce de conocida reputación de integridad e independencia. Walter Gutiérrez Camacho, es el actual Defensor del Pueblo.

ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

A. EL PLENO DEL CONGRESO: 
Es la máxima instancia de decisión del Congreso de la República. Lo integran todos los congresistas incorporados y funciona de acuerdo con las reglas de quórum y de procedimiento que establecen la Constitución y el presente Reglamento.

B. LA MESA DIRECTIVA: 
Tiene a su cargo la dirección administrativa del Congreso y de los debates que se realizan en el Pleno del mismo, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo, así como la representación oficial del Congreso en los actos protocolares. Está compuesta por el Presidente y tres Vicepresidentes.

C. LA COMISIÓN PERMANENTE
Es un grupo representativo del Congreso que lo integra como mínimo 33 Congresistas (de todas las bancadas) incluyendo a los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso. Atribuciones:
  • Designar al Contralor General, a propuesta del Presidente de la República.
  • Ratificar al presidente del Banco Central de Reserva
  • Ratificar la designación del Superintendente de Banca y Seguros.
  • Aprobar los Créditos Suplementarios y las transferencias y habilitaciones del Presupuesto.
  • También tiene función legislativa por encargo expreso del Pleno.
  • No pueden delegarse a ésta Comisión materias concernientes a: Reforma Constitucional, aprobación de Tratados Internacionales, Leyes Orgánicas, Ley de Presupuesto y la Ley de la Cuenta General de la República.
D. COMISIONES DICTAMINADORAS: Revisa los proyectos de ley.

E. COMISIONES INVESTIGADORAS: Se forman por la necesidad de investigar un hecho de trascendencia nacional.

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